Residencial con densidad de ocupación media-alta

R2B2: Son zonas de carácter residencial similar a las R2A con menor intensidad de ocupación total.

Tipología edilicia: Se permiten edificios entre medianeras, de perímetro semilibre y de perímetro libre. Los edificios de perímetro libre se permitirán únicamente en parcelas mayores de 2500 m² o un cuarto de manzana. No se permiten edificios de perímetro libre en el barrio de “La Boca”.

Altura máxima: Para el caso de edificios entre medianera y perímetro semilibre, la altura máxima será de 9.00 m a contar desde la cota de la parcela determinada por la Dirección de Catastro, permitiéndose la construcción de un piso retirado a una distancia mínima de 2.00 m desde la Línea Municipal (L.M.) y por debajo de un plano inclinado a 45º desde la altura de 9.00 m y con un plano límite horizontal a 12.00 m de la cota de la parcela. En el caso de edificios de perímetro libre el plano limite horizontal: 18.00 m a contar desde la cota de parcela.

FOT: 1.20

FOS: El que resulta de las normas de tejido salvo lo dispuesto en los Cuadros de Usos. La Línea de Frente Interno (LFI) coincidirá con Línea Interna de Basamento (LIB).

Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones de los Cuadros de Usos.

Observaciones: Se permiten construcciones habitables hasta un plano horizontal ubicado a más de 3.50 m del terreno natural dentro del 30% ocupable en el centro libre de manzana.

Casos particulares: Existen disposiciones especiales para el barrio de “La Boca”.

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