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R2B2 |
Son zonas de carácter residencial
similar a las R2A con menor intensidad de ocupación
total. |
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Tipología edilicia : |
Se permiten edificios entre medianeras, de
perímetro semilibre y de perímetro libre. Los
edificios de perímetro libre se permitirán únicamente
en parcelas mayores de 2500 m² o un cuarto de manzana. No
se permiten edificios de perímetro libre en el barrio
de "La Boca". |
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Altura máxima : |
Para el caso de edificios entre medianera
y perímetro semilibre, la altura máxima será
de 9.00 m a contar desde la cota de la parcela determinada
por la Dirección de Catastro, permitiéndose
la construcción de un piso retirado a una distancia
mínima de 2.00 m desde la Línea Municipal (L.M.)
y por debajo de un plano inclinado a 45º desde la altura de
9.00 m y con un plano límite horizontal a 12.00 m de
la cota de la parcela. En el caso de edificios de perímetro
libre el plano limite horizontal: 18.00 m a contar desde la
cota de parcela. |
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FOT : |
1.20
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FOS : |
El que resulta de las normas de tejido salvo
lo dispuesto en los Cuadros de Usos. La Línea de Frente
Interno (LFI) coincidirá con Línea Interna de
Basamento (LIB). |
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Usos : |
Los que resulten de aplicar las disposiciones
de los Cuadros de Usos. |
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Observaciones : |
Se permiten construcciones habitables hasta
un plano horizontal ubicado a más de 3.50 m del terreno
natural dentro del 30% ocupable en el centro libre de manzana. |
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Casos particulares : |
Existen disposiciones especiales para el
barrio de "La Boca". |