|
SOLICITE
PRESUPUESTO LEY 257
Envíenos un e-mail a: arqunfirer@arquitectonline.com
o comuníquese al Tel: 4584-3419 o
al 15-5646-4815 y nuestros profesionales elaborarán
un presupuesto adecuado a su situación.
-------------------------------------------------------------------------------------------------
Procedimiento
La ley 257/99 establece las obligaciones
del Propietario relativas a la conservación de su edificio.
El trámite se inicia dando
respuesta a la Cédula de Intimación dentro de los
20 días hábiles de recibida la misma.
El objetivo final del trámite
es la obtención del Certificado de Conservación que
libra el profesional matriculado.
El alcance de la normativa incluye
la Inspección Técnica de balcones, terrazas y azoteas;
barandas, balaustres y barandales; ménsulas, cartelas; etc.
Elementos todos que pueden encontrarse en los distintos sectores
del edificio, a saber: Frente, Contrafrente, Patios de Aire y Luz,
Medianeras y Terrazas.
El Informe Técnico se realiza
a partir de la inspección ocular in situ de todos los elementos
descriptos, momento en el cual se toman muestras fotográficas,
con el fin de establecer la existencia de patologías y determinar
el tratamiento indicado para su recuperación. El Informe
Técnico entonces, establece el estado de Prevención
e Integridad del inmueble y en el mismo se detallan, de existir,
las tareas de reparación que son necesarias realizar previamente
a la confección del Certificado de Conservación.
-------------------------------------------------------------------------------------------------
Las Tareas Profesionales a realizar son:
1) Cédula de Intimación
Respuesta a la Cédula de Intimación,
en caso que el edificio se encuentre intimado por el GCBA.
2) Informe Técnico
1.a) Relevamiento Fotográfico
1.b) Diagnóstico y Descripción
de el/los Tratamientos de las Patologías halladas.
3) Certificado de Conservación
Libramiento del Certificado de Conservación correspondiente
para dar cumplimento a la Ley 257/99.
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Presupuesto
El presupuesto incluye la Respuesta
a la Cédula de Intimación, la Encomienda Profesional,
la confección del Informe Técnico, el libramiento
del Certificado de Conservación, los sellados de Ley y la
tramitación integral ante el GCABA.
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Documentación
La documentación requerida
para iniciar el trámite es la siguiente:
1. De haber sido intimado
por el GCBA, la Fotocopia de la Cédula de Intimación.
2. Si es el Propietario:
fotocopia simple del DNI y fotocopia simple del Título de
Propiedad.
3. Si es el Administrador:
fotocopia simple del DNI y fotocopia del Acta de Asamblea por la
que fue designado, certificada por escribano público.
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SOLICITE
PRESUPUESTO LEY 257
Envíenos un e-mail a: arqunfirer@arquitectonline.com
o comuníquese al Tel: 4584-3419 y nuestros
profesionales elaborarán un presupuesto adecuado a su situación.
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
|