El costo del
Informe Técnico, Certificado de Conservación y fotos
digitales va a depender del tipo de propiedad de que se trate (edificio,
casa o PH) y de su antigüedad.
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PRESUPUESTO LEY 257
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Tel:(011)
4581-5653 o al 15-5646-4815
y nuestros profesionales elaborarán un presupuesto adecuado
a su situación.
Requisitos
y Presupuesto LEY 257
¿Qué
es la Ley 257 (Seguridad en fachadas / Mantenimiento de frentes
en edificios)?
La ley 257 (decreto
1233) establece la OBLIGACIÓN (para los propietarios de inmuebles)
de mantener en buen estado los frentes, contrafrentes, patios de
aire y luz, medianeras y techos evitando que puedan producirse desprendimientos
con eventual daño a las personas o bienes. Para esto, deberán
acreditar haber llevado a cabo la presentación de la documentación
requerida por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
La Ley-257, su objetivo
Por medio de la Ley-257
se intima a los propietarios de inmuebles situados en el ámbito
del GCABA, a realizar una inspección técnica a cargo
de un profesional competente, la misma tiene como objetivo el mantenimiento
y conservación de los elementos estructurales y decorativos
de las distintas fachadas, estas no se limitan solo a los frentes,
sino que abarca a todos los elementos situados en Azoteas, Contrafrentes,
Patios de Aire luz, etc.
Quienes deben realizarla,
y quienes están exceptuados
Todos los inmuebles
situados en Capital Federal, están considerados para realizar
esta inspección, salvo las unidades desarrolladas en Planta
baja, que estén destinadas exclusivamente a vivienda y que
no posean salientes que puedan revestir gravedad.
Periodicidad de las
inspecciones
Los propietarios deberán acreditar
una inspección técnica periódica, que se va
acortando en el tiempo conforme aumente la antigüedad del edificio.
Los valores de la siguiente tabla son los máximos indicados
en la Ley-257.
Antigüedad del edificio Periodicidad de la inspección
| Antigüedad
del edificio |
Periodicidad
de la inspección |
| Desde 10 a
21 años |
Cada 10 años |
| Más 21 a 34
años |
Cada 8 años |
| Más 34 a 50
años |
Cada 6 años |
| Más 50 a 71
años |
Cada 4 años |
| Más 72 años
en adelante |
Cada 2 años |
Como se realiza la Presentación:
Se efectúa
una inspección Técnica a cargo del profesional de
los elementos anteriormente mencionados.
El resultado del mismo se vuelca en un informe donde se detalla
el estado del edificio, si el mismo no reporta ningún inconveniente
(sin riesgo aparente) se procede a la presentación ante el
GCABA, donde se incluye el certificado de conservación, en
caso de verificarse alguna anormalidad (con riesgo aparente), se
indica en el informe las tareas a realizar para normalizar la situación
, se da un plazo para realizar las obras correspondientes y una
vez efectuadas se verifican y se procede a completar el tramite
con la presentación del certificado de conservación..
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