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E3: |
Equipamiento local. Zonas destinadas a la
localización de usos de servicio de las áreas
residenciales próximas y que por las características
de las actividades permitidas, admiten la coexistencia del
uso residencial. |
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Tipología edilicia: |
Se permiten basamentos, edificios entre medianeras
de altura limitada, edificios de perímetro libre y
edificios de perímetro semilibre. Los edificios de
perímetro libre sólo podrán construirse
en terrenos de por lo menos 900 m². No se permiten edificios
de perímetro libre en el barrio de "La Boca". |
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Altura máxima : |
Para el caso de basamento, edificios entre
medianeras y edificios de perímetro semilibre la altura
máxima será de 15.50 m por encima de la cota
de la parcela. En el caso de techos inclinados la semisuma
de las alturas máxima y mínima de la cubierta
no deberá ser mayor de 15.50 m. |
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Area edificable : |
Para el caso de basamento, edificios entre
medianeras y edificios de perímetro semilibre se podrá
ocupar la superficie de la parcela comprendida entre la L.O.
y la LIB, con las limitaciones de FOS establecidas en los
Cuadros de Usos. |
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FOT : |
3.00 |
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FOS : |
El que resulta de las normas de tejido salvo
lo dispuesto en los Cuadros de Usos. |
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Usos : |
Los que resulten de aplicar las disposiciones
de los Cuadros de Usos. |
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Observaciones : |
Cuando exista en la parcela un uso que incluya
depósito o tanques de inflamables, sólo se admitirá
en la misma una vivienda como uso complementario, siempre
que se respeten las condiciones de iluminación y ventilación
establecidas. |
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Casos particulares : |
Existen disposiciones especiales para el
barrio de "La Boca". |