7.8 DEPORTIVO Y SOCIAL
7.8.1.0 ESTADIOS DE FUTBOL
7.8.1.1 Material de las estructuras resistentes de los estadios
de fútbol
Quedan prohibidas las estructures de madera, las que se encuentren
emplazadas deberán ser desmanteladas dentro del plazo que
para tal efecto fije la Dirección.Las estructuras deberán
ser metálicas o de hormigón armado debiendo cumplirse
con lo establecido en "De los reglamentos técnicos"
(Ver Sección 8).
7.8.1.2 Graderías
La madera utilizada para graderías será de la denominada
"dura". El espesor de cada tablón será
el que resulte de su cálculo de resistencia debiendo tener
un mínimo de 0,05 m. Cada tablón constituirá
un solo elemento. Sus extremos necesariamente deberán apoyar
en la estructura metálica. La separación entre dos
tablones consecutivos no podrá ser mayor de 0,01 m; caso
de tablones apareados, su separación no excederá
de 0,05 m. En correspondencia con el apoyo del tablón y
la estructura deberá existir una conexión de dos
bulones o pernos roscados.
7.8.1.3 Graderías sobre terreno natural
Las graderías sobre terreno natural en desmonte o terraplén
deberán hallarse protegidas por trabajos de albañilería
o por obras que eviten desmoronamientos.
7.8.1.4 Dimensiones de la grada
La grada tendrá un alto máximo de 0,35 m y una profundidad
entre 0,35 m de mínimo y 0,70 m de máximo. La altura
de estas gradas será salvada por una escalera de tramos
rectos respondiendo a lo establecido en "Escaleras principales
- sus características" y "Pasamanos en las escaleras
exigidas" (Ver parag. 4.5.3.4 y 4.7.7.2).
7.8.1.5 Protecciones hacia vacíos
Las partes superiores de las tribunas estarán protegidas
por parapetos resistentes sin aberturas, suficientemente consolidadas
con el resto de la estructura, de una altura mínima de
dos (2) m. En las partes de las graderías sin asiento,
coincidentes con vacíos, habrá un parapeto resistente
de un metro con cuarenta centímetros (1,40 m) de alto como
mínimo. Esta altura se computará perpendicularmente
desde al punto medio de la pedada de cada grada. En las graderías
con asiento, los parapetos inferiores tendrán una altura
mínima de un metro (1 m) y los restantes un metro con cuarenta
centímetros (1,40 m). 7.8.1.6 Barandas de protección
Cuando existan más de veinte (20) gradas superpuestas,
deberá existir una baranda sin aristas vivas, de suficiente
solidez, fijada a la estructura de la tribuna y que obligadamente
quiebren la corriente de evacuación. Queda prohibido el
empleo de madera y elementos combustibles para la construcción
de estas barandas. Su largo máximo será de cinco
(5) m y estarán separadas entre ellas por una distancia
no menor de 2,50 m. Su altura mínima será de 1,10
m.
7.8.1.7 Sectorización de tribunas
Las tribunas deberán ser divididas con elementos de suficiente
solidez de tres (3) m de altura, en sectores con salidas independientes
hacia las aberturas o pasos generales. Cada paso general debe
tener salida independiente directa al exterior de las tribunas.
La capacidad de cada sector no podrá ser superior a diez
mil (10.000) espectadores. No podrá existir comunicación
entre los sectores, a excepción de aquellas circulaciones
necesarias para ser utilizadas en caso de emergencia.
7.8.1.8 Capacidad
La capacidad se determinará por el número de localidades
comprendidas dentro del recinto, especificando la cantidad por
sectores con asiento o de pie: a tal efecto se establece:
a) La capacidad de las graderías sin asientos, se determinará
a razón de 0,50 m lineales por persona en cada grada;
b) La capacidad en las Graderías con asientos estará
dada por el número de éstos, asignándose
a cada uno un mínimo de 0,50 m;
c) La capacidad de los palcos estará dada por el número
de asientos contenidos en ellos, no pudiendo ser menor de 0,50
m2 por asiento.
El número de localidades por fila, no excederá de
ochenta (80) y cada una de ellas no estará más alejada
de veinte (20) m de un medio de egreso.
7.8.1.9 Medios de salida
Toda salida exigida deberá cumplir con lo establecido en
"Señalización de los medios exigidos de salida"
(Ver parag. 4.7.1.4).
El ancho de pasillos y escaleras no será menor de 1,50
m y se determinará en función de la ubicación
de las salidas y de la capacidad de las tribunas. Los pasillos
y escaleras deben permitir ser franqueados con comodidad y seguridad
por el público en su trazado se evitarán los cambios
bruscos de dirección: los paramentos laterales respectivos
deberán acompañar el radio de la curvatura de la
libre trayectoria. La distribución de las salidas generales
de las tribunas será de tal manera que aquellas aseguren
una evacuación rápida y uniforme de todo el estadio,
sin interferencia de los distintos sectores o tribunas entre si.
Cada sección o sector contará con salidas independientes
que sirvan y conduzcan a los medios de egreso con el mínimo
de trayectoria Las salidas se calcularán atendiendo a las
siguientes proporciones:
Por cada 1.000 localidades o fracción hasta 20.000.....
1,00 m.
Por cada 1.000 localidades de 20.001 a 50.000.......... .0,50
m.
Por cada 1.000 localidades que excedan de 50.000........0,25 m.
En ningún caso la suma de las salidas generales será
inferior a 5,00 m.
Ninguna puerta será menor de 1,50 m de ancho. Las puertas
de egreso en ningún caso tendrán un ancho menor
que el pasillo o corredor de salida al que sirva: el ancho de
dichos pasillos o corredores no debe ser disminuido.
7.8.1.10 ILUMINACION - FUENTES DE ENERGIA ELECTRICA
La iluminación de todos los locales y lugares destinados
a la circulación, paso, ingreso, egreso y permanencia de
personas, estará dividida en dos (2) circuitos independientes
bifilares a doscientos veinte (220) voltios, que abarcarán,
por lo menos, la mitad cada uno del alumbrado de los mismos, de
manera que en caso de apagarse uno de ellos por cualquier circunstancia
quede el local alumbrado por el otro. Cada circuito será
conectado a una de dos secciones alimentadas respectivamente con
energía eléctrica proveniente de fuentes distintas
de alimentación (compañías de suministro
de la red pública u otra fuenteindependiente de generación)
Cada una de estas secciones estará conectada permanentemente
a distintas fuentes de energía eléctrica En caso
de faltar energía eléctrica proveniente de una de
las fuentes, la otra deberá estar en condiciones de hacerse
cargo provisoriamente de la totalidad del servicio de alumbrado.
Una fuente de energía eléctrica tendrá una
potencia mínima que asegure la alimentación simultanea
del ciento por ciento (100%) de la iluminación de los medios
exigidos de salida, entrada, permanencia y circulación
y el ochenta por ciento (80%) de los restantes locales: la otra
fuente independiente de generación asegurará el
ciento por ciento (100%) de los medios exigidos de ingreso, egreso,
permanencia, paso y circulación y el veinte por ciento
(20%) de los restantes locales.
7.8.1.11 Dispositivos automáticos
Ambas fuentes de energía deberán estar provistas
de dispositivos que aseguren, en caso de corte de alguna da ellas,
la intervención automática de la otra para hacerse
cargo del ciento por ciento (100%) de los medios exigidos de salida,
entrada, paso, permanencia y circulación del estadio y
de los porcentajes exigidos antes mencionados.
7.8.1.12 Equipos de sonido
La alimentación de energía eléctrica al o
los equipos de sonido que sirvan al sistema de altavoces del estadio
durante el espectáculo, será directa y conmutable
a cualquiera de las dos (2) fuentes de suministro de energía
eléctrica de manera tal que asegure su funcionamiento en
cualquier circunstancia por emergencias surgidas en el sistema
de alimentación, conmutación o distribución
de iluminación eléctrica.
7.8.1.13 Mantenimiento y conservación de las instalaciones
eléctricas del estadio
Es obligatorio el mantenimiento y conservación de las instalaciones
eléctricas y de iluminación del estadio, debiendo
las instituciones solicitar inspección anual de las mismas,
en igual periodo del año, avalada esta por profesional
responsable que cumpla las condiciones exigidas en "De los
Profesionales y Empresas" (Ver parag. 2.5), a fin de verificar
el estado de uso y funcionamiento de instalaciones, equipos, partes
y dispositivos. La Dirección, podrá exigir en las
instalaciones eléctricas que así lo justifiquen
por su importancia, equipos, dispositivos, accesorios, sistemas
o normas complementarias, destinadas a permitir o facilitar el
control del uso y conservación de equipos e instalaciones
a fin de asegurar su correcto y reglamentario funcionamiento.
7.8.1.14 Servicios sanitarios para uso público
Cada sector del estadio contará con servicios sanitarios
para público, participantes y personal de servicio, los
que se dispondrán en locales separados por sexo. Respecto
de estos locales deberá impedirse la visibilidad de su
interior desde cualquier punto del estadio. La proporción
mínima de artefactos será la siguiente: Para hombres:
Orinales: 3 por cada mil localidades hasta 20.000, aumentándose
su cantidad en dos por cada mil cuando se exceda esta cantidad.
La distancia entre ejes de orinales será como mínimo
de 0,50 m.
Retretes: 1/3 del número de orinales.
Lavabos: 1/6 del número de orinales.
Para mujeres:
Retretes: 1/3 del número de retrates para hombres.
Lavabos: 1 cada 3 retretes, y 1 como mínimo.
Entre las entradas a los servicios de los distintos sexos habrá
una distancia de cinco, (5)m como mínimo, en cada una de
ellas habrá un símbolo o leyenda que las distinga
claramente. La ventilación de estos locales se efectuará
mediante vanos de un área de 1/15 de la superficie del
local. Estos vanos abrirán a espacios libres, ya sea directamente
o a través de partes cubiertas.
7.8.1.15 Servicios sanitarios para equipo, árbitros y jueces
Por lo menos existirá un local para cada equipo y uno para
árbitros y jueces, cuyos artefactos guardarán las
siguientes proporciones mínimas:
a) Para jugadores: 3 orinales, 3 retretes, 3 lavabos y 8 duchas,
cada 15 personas;.
b) Para árbitros y jueces: 1 retrete,, 1 lavabo y 1 ducha.
La iluminación, ventilación y dimensiones mínimas
cumplirán las exigencias requeridas para locales de tercera
clase. Los lavabos y duchas estarán provistos de agua fría
y caliente.
7.8.1.16 Servicios sanitarios para el personal de servicio
Los locales destinados al servicio sanitario para el personal
de servicio se ajustarán a lo establecido en "Servicio
mínimo de salubridad en locales o edificios públicos,
comerciales e industriales". (Ver parag. 4.8.2.3).
7.8.1.17 Sala de primeros auxilios
El estadio contará con una sala de primeros auxilios; dicho
local deberá cumplir las condiciones requeridas en "Local
destinado a servicio de sanidad" (Ver parag. 4.8.3.2).
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