7.2.5.0 MERCADO DE PUESTOS MINORISTAS
7.2.5.1 Características constructivas de un mercado de
puestos minoristas
Un mercado de puestos minoristas satisfará lo establecido
en "Características constructivas particulares de
un comercio que trafica con productos alimenticios" (Ver
parag. 7.2.2.1) y además lo siguiente:
a) Superficie y altura: Cuando la superficie del mercado no excede
los 150 m2 su altura libre será da 3,50 m por lo menos.
Cuando la superficie es mayor, la altura libre mínima será
de 4,50 m. Esta última puede ser disminuida hasta 3,50
m a condición de que haya ventilación mecánica
o aire acondicionado o bien se construya con una nave central
de 4,50 m de alto que ocupe la tercera parte del área:
b) Salidas exigidas: Sin perjuicio de cumplimentar "Medios
de salida" (Ver parag. 4.7), ésta tendrá un
ancho mínimo de 2,50 m cuando sirva simultáneamente
para el acceso y egreso del público y, cuando estos sean
separados, cada uno tendrá no menos de 1,50 m;
c) Puestos:
(1) Internos: Los puestos internos tendrán una superficie
no inferior a 8,00 m2 y no menor que 2,50 m de lado. Cuando el
puesto sea techado, éste será de material incombustible,
presentará las superficies lisas y tendrá una altura
libre mínima de 2,50 m. La separación entre puestos
que expenden productos alimenticios y de éstos con otros
donde las mismas no se expenden será por medio de un tabique
de hormigón o mampostería de 2,00 m de alto revestido
con material impermeable y liso. Este revestimiento no es necesario
del lado del puesto que no expende productos alimenticios. La
separación entre puestos de otros rubros puede ser mediante
rejas metálicas. Los puestos para pescados y mariscos contarán
con un friso de azulejos de 2,00 de altura mínima en todo
su perímetro. Los puestos de venta de leche deberán
estar separados de los de venta de carne y verdura, por pared
de mampostería de una altura mínima de 3,00 m con
frisos impermeables hasta 1,80 m y el resto revocado y pintado.
Los puestos de venta de pan deberán confiar con paredes
de mampostería con frisos impermeables hasta 2,00 m de
altura y el resto revocado, alisado y pintado.
(2) Externos: Los puestos externos (hacia la vía pública)
conforman locales de tercera clase y deben comunicar directamente
con el mercado si no poseen servicios sanitarios propios. Estos
tipos de puestos deben satisfacer asimismo las disposiciones que
son inherentes a las actividades que en ellos se desarrollan:
d) Pasajes o circulaciones interiores El ancho mínimo de
los pasajes o pasos destinados en un mercado de puestos minoristas,
a la circulación pública será Con puestos
de los dos lados:
Pasaje principal ....................2,50 m
Pasaje secundario.................2,00 m
Con puestos de un solo lado..1,50 m
e) Servicio de salubridad para el público: El servicio
de salubridad para el público se determinará según
lo establecido en los incisos b) y d) de "Servicio mínimo
de salubridad en locales y edificios públicos, comerciales
e industriales" (Ver parag. 4.8.2.3). El número de
personas se deducirá aplicando el "Coeficiente de
ocupación" al área destinada a la circulación
del público.
f) Instalación para residuos: Habrá instalación
para residuos que cumplirán con lo establecido en el inc.
e) de "Características constructivas de un supermercado
total, supermercado o autoservicio de productos alimenticios”
(Ver parag. 7.2.4.1).
SIGUE
CLICK AQUI>>>>>>I
Volver
al Codigo de Edificacion