6.5 DEL ESTIMULO A LA EDIFICACION
PRIVADA
6.5.1.0 PREMIOS A LA EDIFICACION
6.5.1.1 Premios a la edificación y menciones honoríficas
Con el objeto de estimular la buena edificación privada
se adjudicarán premios a los edificios que acusen la mejor
unidad arquitectónica como solución de un programa
desarrollado en conjunto, distribución, ventilación,
asoleamiento, orientación y fachada, en cada una de las
divisiones establecidas en "Categorías de los edificios
a premiar" (Ver parag. 6.5.1.2). Estos premios se denominan
Municipalidad de Buenos Aires y consisten en:
a) Primer Premio:
Al Profesional: medalla de oro y diploma:
Al Propietario: El doble del valor del impuesto por contribución
territorial que durante 2 años corresponda abonar por la
finca y que el D.E. acreditará en 4 cuotas anuales de igual
valor en ocasión del paso del respectivo tributo;
b) Segundo Premio:
Al Profesional: medalla de plata y diploma:
Al Propietario: El doble del valor del impuesto por contribución
territorial, que durante 1 año corresponda abonar por la
finca y que el D.E. acreditará en 2 cuotas anuales de igual
valor en ocasión del pago del respectivo tributo. El jurado
puede otorgar, además, menciones honoríficas a Profesionales
y Propietarios de edificios que acrediten mérito suficiente.
Los premios pueden ser declarados desiertos teniendo en cuenta
el mérito arquitectónico alcanzado en el momento
en la Ciudad, con el voto de los 2/3 del total del Jurado.
6.5.1.2 Categorías de los edificios a premiar
Categoría A: Esta categoría incluye las viviendas
privadas del tipo económico con una superficie cubierta
máxima de 120,M m2 y con el siguiente programa mínimo:
Una sala común, tres dormitorios, un baño, una cocina
y una galería o local para lavadero:
Categoría B: Esta categoría incluye las viviendas
privadas no comprendidas en la categoría A y sin las limitaciones
que allí se expresan;
Categoría C: Esta categoría incluye las casas de
departamentos y las llamadas casas colectivas;
Categoría D: Esta categoría incluye los edificios
para Escuelas, institutos, Museos, Asilos, Hospitales, Templos;
Categoría E: Esta categoría incluye los edificios
para Espectáculos y Diversiones Públicas, Casinos,
Clubes, Estadios:
Categoría F: Esta categoría incluye los edificios
para Bancos, Casa de Escritorios u Oficinas, Hoteles, Mercados,
Fábricas y todo otro destino no incluido en las anteriores
categorías.
En las categorías A, B y C los premios se otorgarán
todos los años. En las categorías D, E y F se otorgarán
por rotación cada tres años, a razón de una
categoría por año a partir de 1945. Si un edificio
pudiera corresponder a más de una categoría, el
jurado resolverá en definitiva en cual debe ser incluido.
6.5.1.3 Participación en el certamen de estimulo a la edificación
A los efectos del certamen para estimulo de la edificación
privada se pueden inscribir los edificios cuyos Certificados de
Inspección Final tengan fecha comprendida entre el 1* de
Enero y el 31 de Diciembre del periodo anual o trienal respectivo.
Para formalizar la inscripción debe presentarse la solicitud
correspondiente en un formulario aprobado en el cual se transcribirá
todo lo relativo al concurso. Antes del 15 de junio el solicitante
presentará los documentos siguientes que serán devueltos
a los no premiados una vez terminado el concurso: - Planos de
fachadas, de plantas, cortes a escala 1:100; Fotografías
del edificio (fachada principal y secundarias) en formato 18 cm
x 24 cm en claroscuro mate. 6.5.1.4 Jurado para el estímulo
de la edificación privada
a) Formación del jurado El Jurado estará formado
por:
El Director de la Dirección de Fiscalización Obras
de terceros;
El Presidente del Consejo de Planificación Urbana:
Un representante de la Sociedad Central de Arquitectos: Un representante
del Centro Argentino de ingenieros. El cargo de miembro dei jurado
será "ad honorem"
b) Funcionamiento dei jurado Actuará como presidente el
representante de la Dirección de Fiscalización de
Obras de Terceros y será reemplazado en caso de ausencia,
por el representante del Consejo de Planificación Urbana
El Jurado será convocado por el presidente en la primera
quincena del mes de Julio de cada año y sesionará
en la sede de la Dirección Fiscalización Obras de
Terceros.
El quórum para sesionar será de tres miembros y
las resoluciones se tomarán por mayoría.
El presidente, en caso de empate, tendrá doble voto.
El Jurado Ilevará constancia de sus actuaciones en un libro
de actas. Actuará como secretario el funcionario que designe
el presidente.
6.5.1.5 Placas artísticas a colocar en las fachadas principales
Como testimonio del veredicto del Jurado, el D.E. mandará
colocar en la fachada principal del edificio que haya merecido
el primero o el segundo premio, una placa artística en
bronce con la mención del premio otorgado.
6.5.1.6 Gastos para estimular la edificación
Los gastos que ocasione el estimulo a la edificación privada
se preverán en una partida en profeso en el Presupuesto
anual de la Municipalidad.
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