5.3 DE LOS SUELOS APTOS PARA CIMENTAR
5.3.1 Suelos aptos para cimentar Se consideran terrenos resistentes
o aptos para cimentar, los constituidos por tierra colorada compacta,
greda blanca arenosa, tosquilla, tosca y arena seca cuando esta
sea debidamente encajonada y siempre que formen capas de suficiente
espesor a juicio de la Dirección; este espesor nunca será
inferior a 1,00 m.
Los coeficientes admisibles de trabajo para distintas clases de
terreno, serán los que se establezcan en los Reglamentos
Técnicos. Se prohibe cimentar en tierra vegetal y, excepcionalmente
se autorizará en el barro y en los terraplenamientos con
arcilla, siempre que se adopten las precauciones técnicas
necesarias e indispensables para asegurar la estabilidad de las
obras a juicio de la Dirección. La Dirección queda
facultada para exigir, en cualquier caso, los ensayos de los terrenos
que crea necesarios a fin de justificar los coeficientes de trabajo
y los procedimientos constructivos.
5.3.2.0 ESTUDIO DE SUELOS
5.3.21 Exigencias del estudio de suelos Deberá presentarse
un estudio de suelos en los casos de ejecución de obras
de más de cuatro pisos altos y/o sótanos de profundidad
superior a los 6 m. No obstante ello la Dirección podrá
exigir la realización de un estudio de suelo en todos aquellos
casos que lo considere necesario.
5.3.2.2 Naturaleza del estudio de suelos
El estudio de suelos comprenderá la ejecución de
perforaciones o pozos a cielo abierto para obtener muestras adecuadas
para ser ensayadas en laboratorio a fin de determinar las propiedades
físicas y mecánicas pertinentes que conduzcan a
la confección de un perfil resistente del terreno. Podrá
incluir la realización de ensayos de carga u otro procedimiento
de exploración e investigación de suelos que conduzca
al mismo fin o complemente la información anterior.
5.3.2.3 Perforaciones o pozos a cielo abierto
El número de perforaciones o pozos a cielo abierto será
fijado por el profesional en función de la naturaleza del
problema pero en ningún caso podrá ser menor de
dos. Las perforaciones o pozos a cielo abierto se ubicarán
teniendo en cuenta la distribución de cargas que la estructura
transmite al suelo. Como mínimo las dos terceras partes
de su número total se situarán dentro del área
cubierta por la obra. Las que se sitúen fuera no podrán
estar alejadas en más de 10 m respecto de los Iimites de
la construcción.
5.3.2.4 Profundidad
Las perforaciones o pozos a cielo abierto se extenderán
por debajo del nivel más bajo de cimentación tanto
como sea necesario para establecer la secuencia, naturaleza y
resistencia de los suelos dentro de la profundidad activa resultante
del perfil resistente del suelo y del tipo y tamaño de
la cimentación a construir. Como mínimo deberá
cumplir con la más exigente de las cláusulas que
siguen:
1) Para construcciones de hasta dos plantas con cimentación
directa: 3,00 m por debajo del nivel de cimentación.
2) Para construcciones de más de dos plantas con cimentación
directa: 5,00 m por debajo deI nivel de cimentación.
3) Para cimentaciones sobre pilotes: 5,00 m por debajo de la profundidad
a alcanzar con la punta de los pilotes.
5.3.2.5 Extracción de muestras y ensayos de laboratorio
La extracción de muestras del terreno a analizar serán
efectuadas de acuerdo con las características del suelo
y los ensayos a realizarse sobre estas serán los que la
técnica aconseja en cada caso, asumiendo el profesional
actuante como ejecutor del estudio de suelo la total responsabilidad
por el desempeño de estas tareas.
5.3.2.6 Informe técnico
Contendrá una descripción de la labor realizada
y proporcionará los resultados obtenidos incluyendo, como
mínimo, un plano de ubicación de cada una de las
perforaciones y la cota del terreno referida al nivel vereda,
de las respectivas bocas de iniciación, el método
de perforación utilizado, el saca testigos empleado, las
cotas de extracción de las muestras, la resistencia a penetración,
los resultados de los ensayos de laboratorio, la clasificación
de los suelos de acuerdo con el sistema unificado de clasificación,
ubicación de la napa freática indicando cómo
y cuando se determinó su nivel. El informe contendrá,
asimismo, como mínimo, las recomendaciones necesarias para
el dimensionamiento de las cimentaciones y para preceder a confeccionar
el plan de excavaciones y su eventual apuntalamiento. Estará
firmado por un ingeniero anotado en los registros respectivos
como ejecutor de estudios de suelo.
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