1.2.1 ACTUALIZACIÓN DEL CÓDIGO DE LA EDIFICACIÓN
- VIGENCIA
Los preceptos y reglas enumeradas en "Fundamentos del Código"
tienen por objeto ordenar y encautar el
desenvolvimiento físico de la Ciudad que es un organismo
de estructura cambiante. Para acompañar esta
modalidad edilicia es imprescindible que las disposiciones del
Código sean actualizadas constantemente a fin
de incorporar o quitar de ellas las que convengan para conservar
la armonía que debe existir entre la
reglamentación y las necesidades de la Ciudad.
El estudio de la actualización estará a cargo de
la Comisión del Código de la Edificación.
Las actualizaciones que se introduzcan al Código entrarán
en vigencia el 10 de Julio del año siguiente al de su
publicación, salvo que en cada caso se establezca una fecha
distinta. A solicitud del interesado, el
Departamento Ejecutivo puede adelantar la aplicación de
las novedades al caso particular antes de esos
términos.
1.2.2 PUBLICACIÓN DEL CÓDIGO DE EDIFICACIÓN
Y SUS ACTUALIZACIONES
Cualquiera sea la forma en que se publique el Código de
la Edificación se mantendrá inalterada la continuidad
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de su articulado. Cada año el Departamento Ejecutivo publicará
en fascículos antes del 10 de Julio, las hojas
que correspondan a la actualización del presente Código
que entran en vigencia en esta fecha
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