Tipo normal. Cal hidratada de albañilería destinada
a uso normal y de mediana plasticidad.
Tipo especial. Cal hidratada de albañilería destinada
a usos especiales y de alta y temprana plasticidad.
Referencias normativas:
La cal hidratada ha de cumplir con las siguientes especificaciones,
para su aprobación y utilización en obra:
Los dos tipos de cal deberán cumplir con uno de los siguientes
requisitos:
El residuo en un tamiz de 600 um de abertura, no será mayor
al 0,5 %. Si el residuo contenido en un tamiz de 600 um de abertura,
es mayor del 0,5 %; la cal no debe presentar agujeros o explosiones
cuando sea sometida a los ensayos de cohesión.
La pasta hecha con cal de tipo especial, tendrá un índice
de plasticidad mínimo de 200, cuando se ensaye y determine
su plasticidad a los 30 minutos de mezclado con agua.
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