C31: Centro local. Son las zonas destinadas a la localización del equipamiento administrativo, comercial, financiero e institucional, a escala local, con adecuada accesibilidad.
Tipología edilicia: Se permiten basamentos, edificios entre medianeras, edificios de perímetro libre y edificios de perímetro.
Basamentos: La altura máxima será de 6.50 m por encima de la cota de la parcela y el área edificable podrá ocupar la totalidad de la superficie de la parcela, salvo las limitaciones de FOS establecidas en el Cuadro de Usos.
Altura máxima: En ningún caso la altura de las construcciones entre medianeras o perímetro semilibre podrán superar los 38.00 m, aún cuando el ancho de la calle y las relaciones establecidas en el distrito lo permitieran.
FOT: 4.00
FOS: El que resulta de las normas de tejido salvo lo dispuesto en los Cuadros de Usos.
Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones de los Cuadros de Usos. El uso vivienda sólo podrá localizarse por sobre la planta baja.
Casos particulares: Existen disposiciones especiales para el barrio de “La Boca”.