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| DISTRITOS
DE ZONIFICACION |
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ARE: |
Distrito Área Reserva Ecológica.
Corresponden a zonas que dan lugar a la conformación
de ambientes naturales donde las distintas especies de flora
y fauna autóctonas pueden mantenerse a perpetuidad
o aumentar su diversidad. |
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Disposiciones: |
El Poder Ejecutivo a través del Consejo
de Gestión creado por Ordenanza Nº 45.676, (B.M.Nº
19.239, A.D. 540.6) o de la autoridad competente, podrá
autorizar o disponer la realización de trabajos de
infraestructura y equipamiento básico y/o de mantenimiento
siempre que no alteren el carácter de la Reserva. |
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